¿Quién está obligado a hacer factura electrónica?
En este artículo te explicamos en qué consiste la Ley Crea y Crece: novedades y entrada en vigor.
La Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas, conocida como “Ley Crea y Crece”, introduce, entre otras medidas, novedades como la factura electrónica obligatoria para todos los intercambios entre empresarios y profesionales.
Como avanza la Exposición de Motivos de la ley, la promoción del uso de la factura electrónica en operaciones entre empresarios y profesionales (B2B), es una medida que tiene por objeto:
- Digitalizar las relaciones empresariales.
- Reducir costes de transacción.
- Facilitar la transparencia en el tráfico mercantil, además de luchar contra la morosidad en las operaciones comerciales.
¿Cuándo será obligatoria la facturación electrónica?
La “Ley Crea y Crece”, en lo concerniente a la facturación electrónica obligatoria, comenzará a aplicarse en los siguientes plazos:
- En un año a partir de su desarrollo reglamentario para los empresarios y profesionales cuya facturación anual sea superior a 8 millones de euros.
- Para el resto de empresarios y profesionales, el margen de adaptación será de dos años desde la aprobación de dicho desarrollo reglamentario.
En la actualidad, existe un Proyecto de Real Decreto por el que se desarrolla la “Ley Crea y Crece” en lo referido a la facturación electrónica entre empresas y profesionales, habiendo sido informado por el Consejo de Estado el pasado 30 de junio de 2023, y encontrándose pendiente de aprobación por el Consejo de Ministros y publicación en el BOE.
Cuestiones importantes a tener en cuenta
Obligación de expedir y entregar factura electrónica para los empresarios y profesionales por sus operaciones B2B respecto a las que estén obligados a emitir factura según el Reglamento de facturación.
Las facturas electrónicas, que serán firmadas por su emisor con firma electrónica avanzada, se identificarán mediante un código único que estará constituido por el número de identificación fiscal del emisor, el número y serie de la factura y la fecha de expedición.
El sistema público de facturación electrónica estará integrado:
- por el conjunto de plataformas privadas de intercambio de facturas electrónicas que cumplan con los requisitos del RD, y
- por la solución pública de facturación electrónica que gestionará la AEAT.
La solución pública de facturación electrónica (SEFE) será, además, el repositorio de todas las facturas electrónicas que se emitan, incluyendo también aquellas en las que para su emisión y recepción se utilicen plataformas de carácter privado.
Se regula la obligación de informar sobre determinados estados de la factura, como la aceptación o rechazo comercial de la factura y su fecha y pago efectivo, en el plazo de cuatro días naturales, sin contar fines de semana ni festivos nacionales.
Para garantizar la interconexión e interoperabilidad de los distintos sistemas de facturación se limitan a éstas las sintaxis autorizadas: XML, UBL, EDIFACT y Facturae.
Los receptores de facturas electrónicas no podrán obligar a su emisor a la utilización de una solución, plataforma o proveedor de servicios de facturación electrónica predeterminado.
La factura electrónica B2B no afectará al Suministro Inmediato de Información, conocido como SII, es decir, las empresas deberán cumplir con las obligaciones de facturación electrónica o continuar en el régimen del SII.
La factura electrónica será sólo para clientes o proveedores implantados en España o que operen en España con registro de IVA.
Proceso de adaptación de las empresas
Hasta que se apruebe y entre en vigor el Real Decreto que desarrolla la Ley Crea y Crece, las empresas disponen de un periodo de preparación y adaptación a este cambio normativo.
A falta de conocer los detalles que se incluirán en el mismo, ya podemos avanzar que habrá unas plataformas validadas por la Administración y que las mismas deberán estar conectadas y trabajar juntas para facilitar el intercambio de facturas entre clientes y proveedores, con independencia de la plataforma escogida por cada uno de ellos.
Ante la próxima entrada en vigor de la normativa sobre la facturación electrónica entre empresas, se recomienda preparar a tiempo el nuevo sistema de facturación para adaptarse a los nuevos requisitos legales y evitar las sanciones que el nuevo sistema prevé.
En el ámbito de las haciendas forales
TicketBAI es un proyecto común de las tres haciendas forales vascas que tiene por objeto luchar contra el fraude fiscal, controlando todas las facturas o tickets emitidos en el País Vasco.
TicketBAI es de aplicación a las personas físicas y jurídicas con domicilio en el País Vasco que tengan la obligación de autoliquidar IRPF o Impuesto sobre Sociedades.
Este sistema exige a las empresas utilizar unos sistemas informáticos de facturación certificados y remitir a la Administración los ficheros de facturación cumpliendo unos determinados requisitos. El nuevo sistema que obliga a que las facturas se firmen electrónicamente, impide que las mismas se puedan manipular o eliminar.
Otras medidas aprobadas sobre facturación electrónica
A nivel de la Unión Europea, la Comisión Europea ha publicado un plan de acción, denominado VAT in the Digital Age (VIDA), que consiste en un paquete de medidas que, pretende adaptar el actual marco legislativo del Impuesto sobre el Valor Añadido conforme a la nueva realidad económica digital y, que en línea con el proyecto español, propone convertir la factura electrónica en formato estructurado como la regla general para la documentación de operaciones.
El objetivo esencial de esta propuesta es garantizar el correcto funcionamiento del mercado único europeo y combatir el fraude fiscal intracomunitario.
Asimismo, el plan VIDA también busca implantar un trato igualitario entre los operadores tradicionales y los digitales, a la vez que prevé nuevas simplificaciones que pretenden reducir costes de cumplimiento a las empresas.
Ayudas para adaptarse a la facturación electrónica: Kit Digital
Kit Digital es una iniciativa del Gobierno de España, cuyo objetivo es subvencionar la implantación de soluciones digitales disponibles en el mercado para conseguir un avance significativo en el nivel de madurez digital.